Gabriel Entin (editor), Rousseau en Iberoamérica. Lecturas e interpretaciones entre monarquía y revolución. Buenos Aires: SB Editores, 2018, 206 pp.

 

Por  Mercedes Betria

 

Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales;

Consejo de Investigaciones de la Universidad Nacional de Rosario

Rosario, Argentina

 

PolHis, Revista Bibliográfica Del Programa Interuniversitario De Historia Política,

Año 12, N° 24, pp. 156-158

Julio- Diciembre de 2019

ISSN 1853-7723

 

 

Este libro reúne diversos esfuerzos para deshilvanar y reconstruir con sus complejidades y dilemas, la recepción, usos, circulación y traducción de la obra de Rousseau en Iberoamérica entre fines del siglo XVIII y principios del XIX. Como telón de fondo, la preocupación que recorre las páginas de este volumen es una pregunta más vasta sobre las vetas de la difícil modernidad republicana de los nuevos regímenes post revolucionarios.

A partir de Rousseau, con Rousseau y en Rousseau, los académicos coinciden en una intención metodológica, un programa intelectual más allá de la historia de ideas para plasmar una reflexión colectiva sobre las transfiguraciones posibles de un nuevo lenguaje sobre la Ley, la Soberanía y la República en espacios culturales católicos y progresivamente hispanófobos. Conceptos conocidos pero que, a través del prisma Rousseau, tendrán un sentido nuevo, una capacidad pedagógica de construcción de lo político, tal como lo entrevió el primer traductor de Del Contrato Social en América del Sur, Mariano Moreno.

Ciertas  preguntas hilvanan los capítulos. ¿Por qué Rousseau? porque sus postulados sobre la voluntad general y la soberanía del Pueblo permiten pensar con un lenguaje político novedoso la legitimidad necesaria para un nuevo orden político republicano, que como bien se señala, no venía desde un inicio a contraponerse punto por punto a la Monarquía, sino a pensar un nuevo lazo social basado en una ley no divina y en una nueva fuente de autoridad.

¿Cuál Rousseau? ya que su recepción no sólo estaría marcada por el catolicismo como horizonte de experiencia de los actores involucrados, lectores más o menos fragmentarios del ginebrino sino, también, por la censura. Este es un punto nodal. La censura como institución inquisitorial, técnica de prohibición u aparato represivo del Estado pero, sobre todo, como un modo de sociabilidad, de estar en el mundo, impondría, sin dudas, una disciplina de circulación secreta y oculta del saber que condicionaría, incluso, el sentido monolítico de “obra” de Rousseau. Este punto, debemos señalarlo, no siempre es considerado en toda su magnitud.

Es interesante lo que señala Jorge Myers en su prólogo- capítulo: no se trataba sólo de los textos de Rousseau sino también de la figura Rousseau, la “marca” Rousseau, el autor maldito, amado y odiado a la vez; el popular novelista que con la Nouvelle Héloise supo interpelar una nueva sensibilidad romántica ya antes de que su Contrato Social naciera censurado en 1762.

Así, la noción de república como gobierno de las leyes, la cuestión del catolicismo, la censura y la obra de Rousseau, son ejes comunes de los trabajos aquí reunidos, pero además, cada capítulo penetra, por decirlo así, en diversos estratos de análisis de Rousseau y, en especial, de su Contrato Social. En el primer capítulo Cathèrine Larrère demuestra que en Rousseau conviven el lenguaje iusnaturalista y republicano de los derechos cuyo nexo es la generalidad de la ley. Portillo Valdés se pregunta por los modos de apropiación del liberalismo católico de los postulados de Rousseau durante los debates en las Cortez de Cádiz, en especial el concepto de soberanía nacional y de nación.

El tercer capítulo intenta documentar la introducción del ginebrino en el mundo de censura de Nueva España antes de 1808 a través de los periódicos donde esa “distorsión” es más visible, como lectura indirecta. Sarah Bak- Geller hace un análisis original respecto a la incidencia de Rousseau en el discurso sobre la dieta patriótica en México. El texto de Clément Thibaud sostiene que la causa de la autoridad de Rousseau en las repúblicas de Tierra Firme se debió a su renovada concepción del derecho natural y a sus reflexiones sobre la necesidad de la religión civil. Por su parte, Ángel Rafael Almarza Villalobos y Nicolás Oranza dan cuenta de la circulación de Rousseau en Venezuela y Chile, respectivamente.

Por último, el libro incluye dos trabajos imprescindibles, el de Noemí Goldman, que despeja dudas sobre la famosa traducción de Moreno y el del compilador, Gabriel Entin, que rescata el aspecto dinámico del acto político fundante en Rousseau: el contrato social como autoinstitución de lo social.

Cada capítulo nos deja una tarea que podemos proseguir, un hilo para deshilvanar que no conduce, necesariamente, a la teoría política de Rousseau pero sí a sus conceptos y a la fuerza performativa de su nombre como cita de autoridad en el proceso revolucionario e independentista de Iberoamérica. La potencia de Rousseau se vuelve entonces en este libro un desafío trasnacional y transdiciplinario para pensar no sólo el derrotero de “¿la obra?” de Rousseau sino el modo de lectura de un lenguaje que es hablado, que es puesto en acto, que crea una dinámica política que no siempre es lineal ni fácilmente tangible.