“OCTUBRE SE VENGA DE MAYO”. EL ANTIPERONISMO FRENTE A LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1949. 

Por PABLO PIZZORNO

Instituto de Altos Estudios Sociales (IDAES)

Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET)

Universidad Nacional de San Martín (UNSAM)

San Martín,

Provincia de Buenos Aires, Argentina

 

PolHis, Revista Bibliográfica Del Programa Interuniversitario De Historia Política,

Año 12, N° 24, pp. 3-28

Julio- Diciembre de 2019

ISSN 1853-7723

 

Fecha de recepción: 30/7/2019 - Fecha de aceptación: 04/11/2019

 

 

“Octubre se venga de Mayo”. El antiperonismo frente a la reforma constitucional de 1949

Resumen

El proceso de reforma constitucional llevado a cabo entre 1948 y 1949 indudablemente marcó algún tipo de inflexión en la estrategia política del campo antiperonista. Desde que Perón anunció su voluntad de llevar adelante la reforma, la cuestión fue vista por la mayoría de la oposición como la confirmación de sus peores pronósticos respecto a la consagración del totalitarismo en el país. A través un relato anclado en la tradición liberal histórica, aquellos sectores reivindicaron a la Constitución de 1853 como una suerte de esencia de la nacionalidad argentina y, a la vez, el último pilar de defensa frente al avance peronista sobre la institucionalidad democrática.

Este trabajo rastrea los posicionamientos de las fuerzas antiperonistas desde el envío del proyecto anunciado por Perón hasta los debates de la Convención Constituyente. Su hipótesis central es que la sanción de una nueva Constitución marcó el inicio de un proceso de radicalización política en la mayoría de los partidos opositores. En ese sentido, durante el período analizado pueden advertirse dos movimientos en la trayectoria de dichas fuerzas: la condensación de la defensa de las libertades públicas como eje rector del discurso antiperonista y, por otro lado, el anticipo del despliegue de una gramática más combativa frente al gobierno.

 

Palabras Clave

Peronismo – Antiperonismo – Constitución de 1949 – Radicalización

 

« October takes revenge on May ». Anti-Peronism against the constitutional reform of 1949

Abstract

The reform of the Constitution between 1948 and 1949 undoubtedly marked some kind of inflection in the political strategy of anti-Peronist parties. Since Perón announced it, the reform was seen by the opposition as a breakdown of democracy. With a discourse based on the historical liberal tradition, those parties defended the Constitution of 1853 as an essential part of the Argentine nationality and the last barrier against the Peronist advance on democratic institutions.

This article tracks the positions of the anti-Peronist forces from the moment the Bill was sent to Congress to the debates in the Constituent Convention. The main hypothesis is that the sanction of a new Constitution in 1949 marked the beginning of a process of political radicalization in most opposition parties. In that sense, during the analyzed period, two movements can be seen: the consolidation of the defense of public liberties as the main issue of the anti-Peronist forces and, on the other hand, the anticipation of a more combative discourse against the government.

 

Keywords

Peronism – Anti-Peronism – Constitution of 1949 – Radicalization

 

 

“Octubre se venga de Mayo”. El antiperonismo frente a la reforma constitucional de 1949

Recientemente se han cumplido setenta años de la sanción de la Constitución de 1949. Aquel proceso de reforma constituye uno de los hechos más importantes y rico en análisis de la primera experiencia del peronismo en el poder. Sin embargo, más allá de las miradas propiamente jurídicas, el tema ha sido escasamente estudiado por la historiografía y las ciencias sociales, al menos en comparación a otras dimensiones de ese período, a pesar de algunas publicaciones de los últimos años (Regolo, 2012; Negretto, 2015; Ajmechet, 2018; Benente, 2019).

Esta carencia se superpone con otra, que es la relativa a los estudios sobre la oposición política durante el primer peronismo. Más allá de los trabajos sobre actores que formaron parte de ella como la Iglesia, sectores de las Fuerzas Armadas, grupos intelectuales o el movimiento estudiantil, no existe una producción significativa sobre las fuerzas políticas antiperonistas. Aunque en los últimos años también se han realizado algunas contribuciones relevantes (García Sebastiani, 2005; Spinelli, 2005; Nállim, 2014; Azzolini, 2018), los estudios sobre el antiperonismo entre 1943 y 1955 siguen siendo materia pendiente de la investigación histórica especializada.[1] Uno de los aspectos a profundizar, precisamente, es la relación entre la oposición y la reforma constitucional de 1949.

En este trabajo, la recepción de las fuerzas opositoras del proceso de reforma iniciado en 1948 se analizará en relación con el endurecimiento de su discurso frente al gobierno peronista. Como ha advertido cierta bibliografía, para el antiperonismo, la consumación de la reforma constitucional marcó el inicio de un proceso de radicalización de sus estrategias de oposición política. Si en los primeros años de la presidencia de Perón, los partidos opositores habían ensayado una lectura que oscilaba entre el reconocimiento a la legalidad del gobierno y la condena a una legitimidad de origen que consideraban escasa o nula (Pizzorno, 2018), a partir de la aprobación de la reforma constitucional, esta caracterización empezaría a resolverse en una formulación que desconocía tanto una como la otra. La segunda presidencia de Perón, y en particular sus últimos años, estarían signados por ese tipo de oposición más radicalizada, habilitando la introducción de prácticas extra institucionales e incluso de violencia política hacia el final de la etapa.

García Sebastiani (2005) ha observado en la coyuntura de mediados de 1948, coincidente con el primer recambio legislativo y la declaración de necesidad de la reforma votada por el Congreso, el cierre de una etapa de dos años caracterizada por una relación relativamente normal entre oficialismo y oposición en el ámbito parlamentario. A partir de allí, el refuerzo presidencialista que implicó la reforma, la menor representación institucional de la oposición y el excesivo control gubernamental sobre el Congreso, que derivaría en sanciones y expulsiones a diputados opositores, harían que la Cámara de Diputados dejara de ser el espacio idóneo para que la oposición postulase iniciativas y organizase estrategias políticas (2005, p. 121). Por su parte, otros estudios han señalado a la reforma constitucional como un episodio determinante para la radicalización de la oposición partidaria al gobierno, que interpretó dicha reforma como un momento de quiebre de la legalidad política (Spinelli, 2005, p. 191) y de derrumbe del orden institucional (Tcach, 2006, p. 184).

Si bien es evidente que un proceso de creciente radicalización política atravesó la relación entre peronistas y antiperonistas entre 1945 y 1955, no sería adecuado identificar un momento único y definitivo que opere como un punto de quiebre hacia la adopción de mecanismos extra institucionales por parte de los grupos opositores.[2] Tampoco sería correcto interpretar este proceso de modo linealmente ascendente ni atribuirlo únicamente a uno de los dos campos en disputa. Por el contrario, la dimensión relacional de la radicalización resulta central para comprender las retroalimentaciones mutuas de ambos polos, que justificaban sus estrategias disruptivas de acuerdo con las trasgresiones del otro. En esa dinámica, incluso es posible advertir ensayos de descompresión y búsquedas de entendimiento entre el gobierno y ciertos sectores de la oposición, aunque frecuentemente resultaran treguas fugaces que no terminaban logrando su cometido.

Una hipótesis subyacente de este trabajo es que, más allá de establecer un evento puntual, efectivamente el período sucedido entre la sanción de la reforma constitucional y la reelección de Perón opera como una transición hacia un mayor endurecimiento de la relación entre oficialismo y oposición. En ese lapso, el gobierno peronista reforzaría el uso de mecanismos de coerción política, a la vez que extendería su influencia sobre diversos ámbitos de la sociedad civil, adelantando algunos rasgos que serían característicos del segundo mandato. Por su parte, tras la reforma de 1949, buena parte del campo antiperonista empezaría a contemplar progresivamente la adopción de estrategias extra institucionales para desalojar al peronismo del poder. La participación de dirigentes opositores en los preparativos del frustrado levantamiento militar liderado por el general retirado Benjamín Menéndez el 28 de septiembre de 1951 dan cuenta de este proceso, así como la negativa de la mayoría de la oposición a condenar públicamente dicha asonada. Esta actitud se reforzaría particularmente a partir de la sanción del “estado de guerra interno” efectuada por Perón después de aquel episodio (Pizzorno, 2018).

En este trabajo se intentará restituir cómo fue percibido el proceso de reforma constitucional por parte del antiperonismo y cuáles fueron sus estrategias para enfrentarlo. Allí se reconstruirá la caracterización de las fuerzas opositoras sobre el momento político que vivía el país y los distintos matices entre ellas -visibles particularmente al interior del radicalismo- respecto a los modos de enfrentar la reforma. Sin embargo, la oposición coincidiría en rechazar íntegramente la nueva Constitución por considerarla un principio de ruptura del marco democrático y el avance hacia un régimen de tipo totalitario. En ese sentido, por un lado, el proceso de reforma condensaría a la defensa de las libertades públicas y la clave antiautoritaria como el eje ordenador del discurso antiperonista, y por otro, adelantaría el despliegue de una gramática más combativa que anticipa el proceso de radicalización política en curso desde entonces.

 

La antesala de la reforma

La discusión respecto a la reforma de la Constitución Nacional de 1853 no era un tema nuevo en 1948. Frente a un texto constitucional que se mantenía prácticamente inalterable desde hacía casi un siglo, la gran mayoría de los actores políticos coincidía en términos generales en la necesidad de una actualización de la Carta Magna. El Congreso no había sido ajeno a aquellos debates: allí se habían presentado desde 1900 hasta 1948 a razón de un proyecto de reforma por año, promedio que aumentaba considerablemente a partir de la década de 1930 (Regolo, 2012, p. 224). Por otro lado, a tono con las transformaciones del período de entreguerras, una oleada de reformas constitucionales se había extendido en los años previos por una gran parte del continente (Regolo, 2012, pp. 260-274). Se trataba del “constitucionalismo social”, que incorporaba los llamados derechos de segunda generación y que, con el antecedente de la Constitución mexicana de 1917, había retomado protagonismo en la década de 1930 a partir de las reformas de Brasil, Uruguay y Colombia (Herrera, 2014).

La cuestión de una nueva Constitución tampoco era nueva para el peronismo. Entre 1946 y 1947, diputados oficialistas habían presentado cuatro proyectos distintos de reforma que no habían prosperado en su tratamiento. La oposición, sin embargo, sospechaba que Perón en algún momento daría el visto bueno y así lo había denunciado en la campaña para las elecciones legislativas del 7 de marzo de 1948.[3]

El pronóstico opositor no era desacertado: el peronismo, tras una abultada victoria, alcanzó los dos tercios en la Cámara de Diputados y, al poco tiempo, Perón expresó su voluntad de avanzar en una reforma constitucional. Lo hizo en su discurso por el inicio de sesiones ordinarias del Congreso, el 1 de mayo de 1948, ante la Asamblea Legislativa. Allí, el presidente llamó a modernizar la Carta Magna, enfatizando la necesidad de “actualizarla en lo que sea incompatible con los tiempos modernos” y señalando que “la Constitución no puede ser un artículo de museo que, cuanto mayor es su antigüedad, mayor es su mérito”. Sin embargo, en su anuncio, Perón se mostró contrario a incluir la reelección presidencial en la reforma y aseguró que en sus propias filas existían muchos hombres jóvenes capaces de continuar su obra.[4]

El proyecto fue llevado al recinto a mediados de agosto. La cuestión enseguida suscitó las quejas del bloque radical debido a que la sesión fue convocada de urgencia y sin debate previo en comisión. Aquella no era la única objeción procedimental: los diputados radicales denunciaron que la iniciativa oficial era simplemente una declaración que no especificaba cuáles eran los puntos que pretendía modificar. El texto se limitaba a declarar necesaria la revisión y reforma de la Constitución Nacional, “a los efectos de suprimir, modificar, agregar y corregir sus disposiciones, para la mejor defensa de los derechos del pueblo y del bienestar de la Nación”, y en ese sentido convocaba a elecciones para formar la Convención Constituyente.[5]

La principal controversia, sin embargo, se manifestó en torno a qué tipo de mayoría era necesaria para que la Cámara aprobara la declaración de necesidad de la reforma. El artículo 30 de la Constitución de 1853 establecía que ésta debía ser aprobada con el voto de, al menos, dos terceras partes de los miembros de la Cámara. Aunque la interpretación tradicional de la ley entendía que se trataba de dos tercios de la totalidad de los diputados, el bloque oficialista afirmó que bastaba con que fueran dos tercios de los legisladores presentes en el recinto, y así fue aprobado el proyecto.[6]

En el debate, la bancada radical no tardó en denunciar la ilegitimidad de la reforma que estaba proponiendo el peronismo. El diputado Alfredo Vítolo sostuvo que las irregularidades marcaban un “acto ilegítimo” y “un nuevo golpe de estado”. “Lo que el pueblo argentino quiere”, agregó, “no es una reforma constitucional, sino que los diarios puedan emitir sus ideas sin censura previa, que las radios estén al alcance de todos los ciudadanos y que las tribunas parlamentaria y pública puedan ser usadas sin restricciones”.[7] De este modo, el mendocino esgrimía un argumento basado en las condiciones inapropiadas que reinaban en el país para dar un debate de esa naturaleza, adelantando así la principal objeción del antiperonismo a la reforma.

El peronismo, por su parte, fundamentó su propuesta en base al presunto agotamiento de la Constitución de 1853. Según el diputado Joaquín Díaz de Vivar, su anacronismo se basaba en el apego a determinados privilegios y jerarquías incompatibles con la nueva etapa abierta en el país. Si bien aquella Carta Magna había cumplido su función histórica, la de afianzar la consolidación de una democracia política, la era de la democracia social abierta por el gobierno de Perón requería un nuevo texto constitucional.[8] Éste sería el corazón del argumento del bloque oficialista para avanzar en la necesidad de la reforma.

Como ha señalado Martínez Mazzola (2012), la discusión en torno a la reforma constitucional adoptó la forma de una disputa en torno a los sentidos de la tradición liberal argentina, de una forma que no había estado presente en los primeros años del peronismo. En el debate en el Congreso, y luego en la Convención Constituyente, el oficialismo daría la querella contra el liberalismo de forma más decidida -que no había sido un rasgo distintivo de su prédica inicial-, asociando la Constitución de 1853 a una cosmovisión burguesa e individualista que había quedado obsoleta. La oposición radical, por su parte, contestó afirmando que las objeciones a las falencias del liberalismo económico no podían hacerse barriendo al liberalismo político.

Esta formulación fue desarrollada en aquella sesión por Ricardo Balbín, quien alertó sobre los peligros que veía en una propuesta que expandiera una supuesta justicia social a costa de los principios de la libertad. “En muchos países”, decía el jefe del bloque radical, “cuando el Estado tomó para sí el derecho de hacer felices a los hombres que el Estado quería, mediante una legislación de ese tipo, se oyó decir con frecuencia: ¡qué importa que falte un poco de libertad si ahora estamos más satisfechos que antes! Y esos pueblos murieron luego en el hambre, en la miseria y en la desesperación”.[9] En su discurso, Balbín recordó que la convención de su partido no se había mostrado contraria a una modificación de la Constitución, para “adecuarla a la actual vida económica y social del país”, aunque el organismo había considerado “poco apropiado el momento para encarar esa reforma”.[10]

Tras la aprobación de la declaración de necesidad de la reforma por la Cámara de Diputados en la madrugada del 14 de agosto, el Senado, sin presencia opositora, completó el trámite el 27 de ese mes. A los pocos días, el Ejecutivo promulgó la ley y, hacia fines de septiembre, convocó a elecciones de constituyentes para el 5 de diciembre de 1948. Para el antiperonismo, mientras tanto, se abría una disyuntiva respecto a los modos de enfrentar la inminente reforma constitucional de Perón.

 

Las posturas frente a las elecciones constituyentes de 1948

El proceso de reforma constitucional anunciado por Perón, primero, y luego la declaración aprobada por el Congreso, reintrodujeron un clima de movilización y efervescencia opositora similar al de la campaña electoral previa a los comicios de febrero de 1946. Los grupos antiperonistas vivieron la proclamada reforma como una inflexión decisiva en el avance del gobierno sobre el patrimonio cultural de la nacionalidad misma. La Constitución de 1853, en ese sentido, condensaba aquel espíritu opositor anclado en la tradición liberal que había abrazado la causa antifascista y ahora resistía como podía la consolidación del peronismo en el poder.

Por otro lado, al igual que en la campaña de 1945/46, la movilización opositora desbordó los canales partidarios e involucró a diversos actores de la sociedad civil que se sumaron al rechazo de la reforma. Múltiples asociaciones “constitucionales” se formaron en diversos ámbitos sociales y profesionales, emulando la proliferación de las entidades “democráticas” durante la última campaña presidencial. La más destacada de ellas sería el Club del 53, creado premonitoriamente en septiembre de 1947, que reunía a diversas figuras partidarias, intelectuales y personalidades de la cultura en defensa de la Constitución de 1853.[11] Por su parte, los periódicos opositores, a través de La Prensa y La Nación, volverían a tomar claro partido en la disputa electoral, recuperando el tono encendido de campaña que había suavizado luego del triunfo de Perón.

Como en aquella ocasión, también se reactivaron fuertemente las imágenes que comparaban a Perón con Juan Manuel de Rosas, vislumbrando una suerte de revancha rosista tardía que pretendía barrer el texto constitucional emergido de la derrota del caudillo bonaerense en Caseros. En este relato, la Constitución de 1853 era el último bastión de la Argentina liberal frente al resurgir del autoritarismo criollo. Diría el referente socialista Américo Ghioldi: “Es la venganza que se toma Rosas sobre Caseros. Octubre, el mes de la tiranía argentina, se venga así de Mayo, el mes de la libertad y de la patria”.[12] Por su parte, Balbín exclamaría: “En 1853 cayó una dictadura y se levantó una Constitución; ahora, en 1948, cae una Constitución y se levanta una dictadura”.[13]

La figura de la reelección presidencial era clave en esa lectura. A pesar de que Perón había negado que ella fuera a incluirse en la reforma, los grupos opositores sospechaban que la declaración de necesidad votada por el Congreso abría un cheque en blanco para que el tema fuera incorporado a posteriori. Así, el Club del 53 denunciaba que,

…Pese a que la fórmula aprobada nada ilustra, no es un secreto que la intención que la inspira no es la que neblinosamente se anuncia. Lo que se persigue es una cosa muy distinta. Se quiere suprimir el artículo 77, que prohíbe la reelección inmediata del presidente y vicepresidente de la Nación, y se quieren hacer revivir sistemas de opresión imperantes en épocas en el que el país vivía sometido al vasallaje colonial o bajo la férula del tirano derrocado en Caseros.[14]

La derogación de la cláusula que impedía la reelección era vista por estos sectores como el principal objetivo de la reforma, por lo que descreían de la promesa de Perón ante la Asamblea Legislativa en mayo de 1948. Para estos grupos, en caso de concretarse, la reelección consolidaría el ejercicio personalista y antidemocrático del poder que ejercía el peronismo. En ese sentido, el socialista Alfredo Palacios consideraba que la Constitución de 1853 constituía “un obstáculo para las ambiciones desordenadas de los gobernantes” y que su reforma daría paso al “entronizamiento definitivo del sistema totalitario que ha repudiado el mundo”.[15] 

En paralelo a estas críticas, la convocatoria a elecciones constituyentes reactivó fuertemente un debate al interior del antiperonismo respecto a las condiciones que regían para participar en los comicios. El Partido Socialista (PS) ya había sostenido, frente a las elecciones legislativas de marzo, que la restricción a las libertades públicas -especialmente la de prensa, con el cierre de publicaciones opositoras como La Vanguardia- hacía fraudulenta cualquier convocatoria electoral. El ínfimo caudal de votos obtenido por el socialismo en aquellas elecciones no hizo más que ratificar aquellas presunciones. Esto alentó al PS a tomar una decisión inédita en su historia: la de abstenerse de participar en las elecciones venideras.

En junio de 1948, cuando el Parlamento aún no había aprobado la declaración de necesidad, el PS celebró su 32° Congreso en Mar del Plata. El tema destacado fue la postura frente a la reforma constitucional, donde el socialismo debió conciliar su rechazo abierto a la propuesta peronista con su tradicional programa reformista. En ese sentido, el partido señaló que no se opondría jamás a la reforma si imperase un régimen de libertad e igualdad política. Sin embargo, denunció como “peligrosa, por aviesa, la reforma de la Constitución en las presentes circunstancias, como es notorio, por la falta de las libertades públicas”. [16] 

Esta manifestación, que anticipa la actitud abstencionista del PS desde antes de la polémica en la Cámara de Diputados, sería ratificada por Américo Ghioldi en su participación en el encuentro partidario: “Yo soy partidario de que todos los partidos se abstengan en caso de que el Congreso apruebe la reforma y se llame a elecciones para constituyentes. Desearía que la reforma la hagan ellos [los peronistas]”.[17]

En octubre, el PS anunció formalmente su abstención, aconsejando a los ciudadanos votar por el lema “Contra la reforma fascista de la Constitución”, o en blanco. Allí se señalaba que el partido “no desea complicarse con una reforma que es insanablemente nula en cuanto la ley que declara la necesidad de la reforma es inconstitucional, así como lo es la misma convocatoria”.[18] De esta forma, el socialismo dejaba en claro su vocación abstencionista más allá de las irregularidades emanadas de la votación en el Congreso: la propia convocatoria era ilegítima por el contexto en el que se realizaba.

Por su parte, en la Unión Cívica Radical (UCR), la discusión sería mucho más ardua debido al enfrentamiento entre los dos sectores rivales del partido: el unionismo, la vieja dirección alvearista que había promovido la formación de la Unión Democrática en 1945, y la intransigencia, más identificada con la herencia yrigoyenista, que prevalecía en el bloque parlamentario a través de los liderazgos de Balbín y Arturo Frondizi, y que a inicios de 1948 había logrado hacerse de la conducción partidaria (Del Mazo, 1957; Babini, 1984; Persello, 2007). Desde el anuncio de Perón, el unionismo había hecho una lectura similar a la del socialismo, basada en desconocer la legitimidad de cualquier convocatoria constituyente. En cambio, la intransigencia fue en líneas generales contraria a la posición abstencionista y defendió la concurrencia electoral para hacer oír la voz radical en la convención.

En junio de 1948 se celebró la Convención Nacional de la UCR, de la que fue designado presidente Ricardo Rojas, veterano escritor y ex rector de la Universidad de Buenos Aires. Tras asumir la presidencia por unanimidad, Rojas se refirió en su discurso inaugural al proyecto de reforma constitucional anunciado por Perón. Allí dijo que el bloque de diputados debía votar en contra de la iniciativa y agregó que si la convención radical resolvía ir a elecciones, él no aceptaría ser candidato. En ese sentido, se preguntaba:

¿En qué prensa vamos a hablar los radicales si Provincias Unidas sigue cerrada por orden municipal? ¿En qué radiotelefonía vamos a hablar, si en otros tiempos se estaría irradiando lo que digo a la República y mi palabra muere ahora entre estas cuatro paredes? ¿Dónde vamos a decir nuestra palabra, si al bloque radical lo ahogan con las mociones de cierre de debate y estar fuera de la cuestión a cada instante?[19]

Las palabras de Rojas, que, al igual que la postura del socialismo, parecían adoptar la posición abstencionista incluso desde antes de la votación del Congreso, no representarían por igual a todo el partido. En octubre, con la declaración de reforma aprobada, unionistas e intransigentes se trenzarían en la Convención Nacional por la actitud a tomar de cara a la elección constituyente y la asamblea reformadora. Aunque ambos sectores pudieron ponerse de acuerdo en presentar candidatos a los comicios, divergían en lo debía hacerse luego: los unionistas pretendían ir a la convención a impugnar la convocatoria y retirarse inmediatamente, mientras que los intransigentes esperaban asumir las bancas y ver cómo se desarrollaban los acontecimientos. En una agitada convención, el partido finalmente acordó una posición intermedia: los convencionales asumirían su banca, desde donde denunciarían la ilegitimidad de la convocatoria, pero se abstendrían de presentar proyecto o modificación alguna.[20]

En el resto del antiperonismo, demócratas progresistas y conservadores también rechazaron el proceso de reforma por considerarlo imbuido en un clima de restricción a las libertades públicas. Recordando las limitaciones a la prensa y a la radiofonía, el Partido Demócrata Progresista (PDP) sostuvo que “en este ambiente político y moral es una temeridad emprender la reforma de la Constitución” y llamó a postergarla para cuando estuvieran “eliminados los factores que hoy perturban, seducen y corrompen a no poca porción del electorado”.[21] En consecuencia, el PDP adoptó la abstención de cara a las elecciones constituyentes.[22]

A su vez, los conservadores del Partido Demócrata (PD) aseguraron que el país vivía “una verdadera conmoción provocada por la acción omnipresente del Estado, que en todo interviene. Un partido, usando y abusando de todos los resortes del poder, domina en todos los ámbitos del país”. Por ese motivo, concluían: “La elección de convencionales reflejará exactamente esa situación, no porque ella traduzca el predominio legítimo del oficialismo, sino porque no hay libertad de expresión ni libertad electoral para variarla”.[23] De este modo, el PD también definió su abstención de cara a las elecciones de diciembre.[24]

Por su parte, el Partido Comunista (PC), a diferencia de los otros grupos opositores minoritarios, decidió presentarse a la elección. A pesar de sus críticas al gobierno, el PC consideró que la reforma constitucional ofrecía “la oportunidad para asestar un rudo golpe a los enemigos jurados del pueblo y de la Nación: a la oligarquía y al imperialismo”, y en ese sentido, realizó una advertencia sobre “los propósitos de algunos sectores reaccionarios incrustados en el Partido Peronista y en el gobierno” que aspiraban a sancionar “una Constitución clerical-fascista, reaccionaria”.[25] No obstante, el PC también se distanció fuertemente del abstencionismo que promovían los partidos, a los que calificaba despectivamente como “oposición sistemática”, donde incluía a conservadores, socialistas y radicales unionistas. Sin embargo, el resultado electoral no le permitió obtener representantes en la asamblea.[26]

En las elecciones constituyentes del 5 de diciembre de 1948, el peronismo se impuso ampliamente por 1.724.817 votos frente a 767.952 de la UCR y 83.518 del PC. En tanto, el voto en blanco, impulsado por el socialismo y otros grupos antiperonistas, alcanzó alrededor de 180.000 sufragios.[27] De esta forma, el oficialismo obtuvo 110 convencionales frente a 48 del radicalismo, asegurándose la mayoría absoluta de la Convención Constituyente. Sin embargo, la UCR se concentró en difundir la consolidación de su propio caudal electoral. “La resistencia a los desvaríos dictatoriales ha encontrado su interpretación y su cauce en la Unión Cívica Radical”, afirmó la mesa directiva del Comité Nacional.[28]

 

El debate en la Convención Constituyente

La Convención Constituyente inició sus sesiones en Buenos Aires el 24 de enero de 1949. Desde la sesión preparatoria, el bloque de convencionales radicales se aprestó a manifestar su impugnación de la asamblea. La posición fue llevada adelante por el radical intransigente bonaerense Moisés Lebensohn, quien junto a su colega cordobés Antonio Sobral, proveniente del sector intransigente que se referenciaba en el ex gobernador Amadeo Sabattini, serían los oradores destacados del bloque a lo largo de los sucesivos debates.

Lebensohn, en su discurso inaugural, aclaró que la impugnación de su bancada a la Convención no suponía una concepción intangible de la Constitución de 1853, aunque resaltó que la “filosofía política” de aquella “constituye la doctrina de la nacionalidad e interpreta el pensamiento de Mayo”.[29] De este modo, el bloque radical abrazó el relato liberal histórico para cuestionar la reforma peronista como un experimento totalitario ajeno a la fisonomía institucional argentina; o en palabras de Lebensohn, como “un absolutismo incompatible con el sentido argentino de la vida”.[30]

En su exposición, el jefe del bloque radical reiteró la prédica opositora que consideraba ilegítima a la declaración legislativa que había promovido la reforma y que, en líneas generales, entendía que en el país no regía el clima de libertad apropiado para un debate de esa naturaleza. En ese sentido, agregó:

El gobierno al apartarse del orden constitucional perdió su legitimidad y se ha transformado en gobierno de hecho, asistido y resguardado únicamente en la fuerza que posee. Esta Asamblea emerge de esa alteración de las esencias republicanas y es la consecuencia del régimen de concentración de poderes y de regulación de libertades que configura la realidad argentina. La reforma que se dicte no será una expresión del derecho, sino de los factores de poder dominantes por la gravitación desnuda de la fuerza, y perdurará sólo en tanto prevalezcan esos factores.[31]

Las conclusiones que Lebensohn sacaba de lo dicho eran evidentes: el gobierno se había apartado de toda legitimidad y basaba su reforma constitucional en una aprobación hecha por la fuerza. De este modo, no sólo se aprestaba a sancionar una Constitución insanablemente nula, sino que, al estar únicamente basada en la coacción, aquella estaba destinada a desaparecer una vez que el peronismo perdiera su capacidad de imponerla.

Este pasaje es significativo porque allí parece empezar a resolverse la tensión ya explorada entre los márgenes de legitimidad y legalidad que el antiperonismo reconocía al gobierno. Si desde el 24 de febrero de 1946, la oposición había concebido al peronismo como un fenómeno de origen ilegítimo pero con fachada legal, a partir de la nueva coyuntura relatada por Lebensohn, que describía al peronismo cada vez más esencialmente como un hecho de fuerza, la pregunta que parece inevitable es cuáles otros métodos además de la fuerza podrían emplearse para enfrentarlo.

El oficialismo, por su parte, inició la Convención con la presentación de un anteproyecto de reforma elaborado por un grupo de juristas y girado a una comisión a cargo del convencional Arturo Sampay, encargada de dar forma al texto finalmente sancionado. En líneas generales, el proyecto daba rango constitucional a la batería de políticas sociales del peronismo, estableciendo derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad y a la educación y la cultura; y propiciaba la intervención estatal en la economía al declarar la función social de la propiedad privada y de la actividad económica, además de afirmar la nacionalización irrevocable de los recursos naturales y los servicios públicos. 

Estos principios serían reafirmados por Perón en la segunda sesión de la Convención, a la que fue invitado por iniciativa del bloque oficialista. Sin la presencia de los radicales, quienes objetaron la invitación por considerar que nunca en la historia argentina un presidente había sido parte de una asamblea constituyente, el mandatario dio un discurso donde evitó criticar el legado de la Constitución de 1853, sino que apuntó a su presunto agotamiento histórico. Para Perón, la fórmula de la libertad era la esencia y el aporte de los hombres del siglo XIX, pero los avatares del siglo XX habían demostrado que aquella libertad no podía hacerse efectiva sin que rigiera un marco de igualdad y de justicia. “Esto quiere decir”, afirmó, “que de la democracia liberal hemos pasado a la democracia social”.[32]

En su discurso, Perón se excusó de realizar comentarios al anteproyecto presentado por su partido, aduciendo que le habría llevado un tiempo excesivo. De este modo evitó referirse a la cuestión de la reelección presidencial, que suscitaba las principales especulaciones dentro y fuera del gobierno. Aunque el mandatario se había negado rotundamente a su inclusión el año anterior, en una reunión con su bloque manifestó nuevamente su desacuerdo con el tema, aunque esta vez sólo invocando motivos de cansancio personal. Las señales poco claras de Perón se fueron resolviendo con el correr de la Convención y finalmente el bloque oficialista terminó incluyendo la reforma al artículo 77 que permitía la reelección indefinida del presidente, como había sospechado la oposición desde un principio.[33]

La introducción de la cláusula de la reelección sería vista por el bloque radical como la confirmación de un avance totalitario. A la vez, también se cuestionarían otros rasgos que reforzaban la centralización política en manos del Poder Ejecutivo, principalmente la atribución de decretar el “estado de prevención y alarma”, una figura de menor magnitud que el estado de sitio, pero duramente criticada por la oposición por su eventual uso discrecional en manos del gobierno. Sin embargo, la reforma estaba lejos de ser el proyecto fascista que el antiperonismo había denunciado durante la campaña electoral. Como afirma Altamirano (2002, p. 236), se trataba de la institución de la doctrina peronista, que innovaba principalmente en lo tendiente a derechos y garantías. Algo de esto admitió el PS cuando, de cara al inicio de la Convención, se atribuyó haber impedido sus peores pronósticos gracias a la abstención electoral: “Por lo menos se ha conseguido impedir la introducción del corporativismo fascista”.[34]

La voz oficialista fue defendida principalmente por Sampay, quien el 8 de marzo presentó el informe de la mayoría y expuso los rasgos centrales de la nueva Constitución. La respuesta corrió por cuenta de Sobral, encargado del informe de la minoría. En su discurso, aseguró que la asamblea se encontraba deliberando “en un momento en que ya está instaurada de hecho la abolición de todas las garantías y la vigencia de todo el absolutismo”. Y agregó: “No vamos a entrar en el campo de las teorizaciones. Ésta no es una hora serena y tranquila, ésta es una hora de montonera, hora de irracionalidad”.[35]

Durante su exposición, a partir de su crítica a la supresión de las milicias provinciales que establecía el proyecto oficial, Sobral afirmó que por más que las milicias fueran abolidas, éstas eran llevadas en la sangre por los radicales. Y exclamó:

Llevamos el sentido miliciano porque el hombre se sabe al servicio del hombre mismo. Y cuando llegue la hora de ponerse en servicio para defender todas las garantías y todos los derechos que hacen al hombre, cada uno de nosotros, en todos los ámbitos de la Nación, a pesar de esta reforma, integrará esa milicia en un levantamiento magnífico para defender, frente al absolutismo, frente a toda prepotencia de cualquier dictadura, frente al totalitarismo estatal, nuestra libertad y el permanente destino de la patria. Por ello desde mañana la Unión Cívica Radical será una heroica milicia.[36]

El discurso de Sobral entregaba así una poderosa imagen que se corresponde con el interrogante que se desprendía de la intervención anterior de Lebensohn. Si la reforma peronista era esencialmente un hecho de fuerza, que consagraba una dictadura totalitaria a través de mecanismos que se apartaban de todo tipo de legitimidad, el camino que se abría para enfrentarla no desconocía el uso de la fuerza, en una batalla que el radicalismo debía afrontar como una milicia. Aunque no puede establecerse la carga de literalidad que llevan las palabras de Sobral, lo que importa sobre todo en este caso es rastrear el despliegue de una gramática cada vez más combativa en su trato con el adversario político.

Para Sobral, las circunstancias que rodeaban al proceso de reforma eran las del enfrentamiento entre dos expresiones políticas, el peronismo y el radicalismo, que recogían a su vez dos grandes concepciones de vida ancladas en tradiciones históricamente arraigadas en el país: una autocrática, cesarista y justificadora de dictaduras; la otra, portadora de la libertad y la democracia, heredera de la filiación de Mayo. En el cierre de su intervención, Sobral afirmó que ambas corrientes se aprestaban a librar su final batalla:

Esto no va como una profecía, sino que es el capítulo final del drama. Esta reforma es el enfrentamiento -ya varias veces hecho en nuestra historia y en el desenvolvimiento político- de esas dos corrientes. Una de las dos tiene que sucumbir definitivamente, una de las dos tiene que quedar en el camino como un antecedente de la evolución política argentina: la que ustedes representan o la que representamos y sentimos nosotros (…). Esta es nuestra radicalidad en función de la patria, ésta es nuestra lucha, que después de la reforma de la Constitución nosotros juramos sostener hasta el final en todas las circunstancias y aun con el riesgo de nuestra vida, en bien de la patria.[37]

Para Sobral, a partir de la reforma, ya no era posible la coexistencia pacífica entre ambas corrientes: una debía sucumbir para dejar paso a la otra. Aquí, la metáfora militar del pasaje anterior adquiere todo su potencial sentido cuando el radical afirma que es la propia vida la que está en juego en esa lucha. La sanción de la Constitución peronista, de este modo, es presentada como un quiebre definitivo en el vínculo político entre el radicalismo y el gobierno.

La última presentación del bloque radical en la Convención, ese mismo 8 de marzo, estuvo nuevamente a cargo de Lebensohn. El jefe de bloque afirmó que la reforma debía entenderse como la consagración definitiva de las “condiciones totalitarias”: “Reelección presidencial, constitucionalización de la legislación represiva del régimen, culminación del proceso de centralización. He ahí la reforma. Todos sus demás aspectos estaban en la legislación o podían alcanzarse mediante la legislación”, señaló. El peronismo, concluyó, había necesitado reformar la Constitución para garantizar la reelección presidencial, que era su única y principal preocupación: “Sin continuidad del jefe, no existe continuidad del sistema y no se concibe al jefe sin la total concentración del poder”.[38]

Al cierre de su discurso, Lebensohn anunció la retirada de su bloque de la Convención. “La representación radical desiste de seguir participando en este debate, que constituye una farsa”, afirmó.[39] De este modo, el radicalismo dejó sesionando en soledad al peronismo, que continuó sus tareas hasta aprobar la nueva Constitución el 11 de marzo. “Ya nada teníamos que hacer en un cuerpo que confesadamente desnaturalizaba el pretendido poder constituyente de la Nación, postrándolo en beneficio de una ambición personal”,[40] dijo el bloque radical en una última declaración.

 

Conclusiones

El proceso de reforma constitucional llevado a cabo entre 1948 y 1949 indudablemente marcó un endurecimiento en la estrategia política del campo antiperonista. Desde que Perón anunció su voluntad de llevar adelante la reforma, la cuestión fue vista por la mayoría de la oposición como la consumación de sus peores pronósticos respecto a la consagración del totalitarismo en el país. Esto produjo la movilización de sectores partidarios y extrapartidarios que se manifestaron en defensa de la Constitución de 1853, a la que presentaban como el último pilar de defensa frente al avance peronista sobre la institucionalidad democrática, y como esencia de la nacionalidad argentina.

A lo largo del proceso de reforma, se ratificaron dos elementos que tendrían un lugar cada vez más importante en el discurso opositor. Por un lado, se consagró definitivamente la defensa de las libertades públicas como el principal eje del discurso antiperonista. Así, socialistas, conservadores y demócrata progresistas rechazarían íntegramente la reforma por considerar que no existía el clima apropiado para su debate y, de ese modo, adoptarían la abstención para las elecciones constituyentes, adelantando una postura que se profundizaría en la oposición tras la reelección de Perón. Dicha lectura era compartida por el sector unionista de la UCR, pero no así por su conducción intransigente, que defendió la participación en la Convención como trinchera de difusión de la doctrina radical. Sin embargo, en sus intervenciones, los convencionales radicales defenderían el rol de la Constitución de 1853 desde una mirada esencialmente liberal, como un freno al presunto poder despótico que pretendía instaurar el gobierno.

El otro elemento discursivo consagrado en la Convención es el despliegue de una gramática más combativa frente al peronismo. En ese sentido, la tensión propia de los dos primeros años de la oposición entre el reconocimiento a la legalidad del gobierno, contrapuesto a su carencia de legitimidad de origen, empieza a resolverse a partir de entonces en una lectura que niega tanto una como la otra. Esta percepción será fomentada, sancionada la nueva Constitución, por una mayor hostilidad del peronismo hacia la oposición, profundizando las sanciones a los diputados radicales y las restricciones a la participación política opositora. De este modo, a pesar de que la conducción de la UCR, principalmente la intransigencia bonaerense, insistirá en una estrategia eminentemente institucional, sus rivales internos y los grupos menores del antiperonismo, contemplarán cada vez más a partir de allí las vías de acción extra institucionales para enfrentar al gobierno.

 

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[1] Este trabajo parte de la premisa de considerar al antiperonismo como una identidad política, esto es, un campo identitario que fue capaz de articular expresiones políticas de diversa trayectoria y procedencia ideológica. En ese sentido, es importante aclarar que aquí se emplea el término “antiperonista” de forma amplia para describir la formación de un campo opositor que supo cobijar distintos niveles de intensidad. Véase Pizzorno (2018).

[2] Existe una abundante literatura politológica que ha indagado en las condiciones básicas para la supervivencia de las democracias en contextos de polarización política. En líneas generales, dicha literatura describe a la radicalización como un proceso por el cual la creciente distancia de los principales actores conlleva a que éstos se sitúen en los extremos del espectro político, aumentando la urgencia y la intransigencia de sus planteos. A medida que se radicalizan, los actores están menos dispuestos a esperar o a negociar para alcanzar sus objetivos de política pública, y en tanto disminuyen sus “preferencias normativas” por la democracia, pueden dejar de lado su acatamiento a las reglas de juego institucional y optar por actitudes “semileales” o “desleales” con el régimen político. Véase García Holgado (2015).

[3] “Hoy terminará la campaña electoral para los comicios del domingo”, en La Prensa, 5 de marzo de 1948.

[4] Juan D. Perón, “Al inaugurar el 82° Período Legislativo en el Honorable Congreso de la Nación”, discurso pronunciado el 1 de mayo de 1948 en Obras Completas, Buenos Aires, Docencia Editorial, 2002, Tomo X, pp. 143-193.

[5] Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación (DSCD), 1948, IV, p. 2649.

[6] A pesar de que la controversia por los dos tercios fue uno de los principales motivos invocados por la “Revolución Libertadora” para derogar la Constitución de 1949, existían antecedentes históricos a favor del peronismo: las reformas constitucionales de 1860 y 1866 se aprobaron con dos tercios de los presentes, mientras que la de 1898 se hizo sobre dos tercios totales (Regolo, 2012, p. 228).

[7] DSCD, 1948, IV, p. 2661.

[8] DSCD, 1948, IV, p. 2667.

[9] DSCD, 1948, IV, p. 2670.

[10] DSCD, 1948, IV, p. 2668.

[11] “Quedó constituida una entidad que se llamará “Club del 53””, en La Prensa, 7 de septiembre de 1947.

[12] “En un mitin socialista objetóse la proyectada reforma constitucional”, en La Prensa, 5 de septiembre de 1948.

[13] “La Unión Cívica Radical realizó un acto en defensa de la Constitución”, en La Prensa, 29 de agosto de 1948.

[14] “Formúlanse reparos al proyecto de reforma de la Constitución Nacional”, en La Prensa, 19 de agosto de 1948.

[15] “De la demagogia y la tiranía habló el doctor Alfredo L. Palacios”, en La Prensa, 31 de agosto de 1948.

[16] “El C. Socialista dio una declaración sobre la reforma de la Constitución”, en La Prensa, 30 de junio de 1948.

[17] “Finalizó su labor el 36° Congreso Nacional del Partido Socialista”, en La Prensa, 1 de julio de 1948.

[18] “El socialismo no presentará candidatos a constituyentes”, en La Prensa, 13 de octubre de 1948.

[19] “La Convención del radicalismo prosigue sus deliberaciones”, en La Prensa, 28 de junio de 1948.

[20] La Prensa, 12 y 13 de octubre de 1948.

[21] “Formúlanse…”, en La Prensa, 19 de agosto de 1948.

[22] “Fijaron su posición en las elecciones los demócrata progresistas”, en La Prensa, 21 de octubre de 1948.

[23] “El Partido Demócrata censura el proyecto de reforma constitucional”, en La Prensa, 16 de agosto de 1948.

[24] “El Partido Demócrata no concurrirá a los próximos comicios”, en La Prensa, 16 de octubre de 1948.

[25] “Por una reforma constitucional antioligárquica y antiimperialista. Posición del Partido Comunista sobre la Reforma de la Constitución”, 1948, p. 3.

[26] Sin dudas, el PC es la fuerza con más dificultades para ser enrolada en el campo antiperonista por su marcada oscilación entre el oficialismo y la oposición a lo largo de la década. Tras la derrota de la Unión Democrática en 1946, el comunismo abandonó la identificación del peronismo con el fascismo y reconoció el aporte de los trabajadores en el triunfo de Perón. Por ese motivo, desplegó una política de acercamiento a la base obrera del peronismo y se mantuvo a distancia del resto de la oposición, aunque en diversas coyunturas expresó fuertes críticas al gobierno. Véase Pizzorno (2018).

[27] Sobre un total de 3.914.138 electores hábiles, de los cuales fueron a votar 2.739.302, en un nivel de participación del 69,9%. Los porcentajes finales varían en relación a cómo se cuente el voto no positivo. En líneas generales, el escenario que se configura a partir de 1948, y permanece estable hasta la caída de Perón, es el de una mayoría oficialista de dos tercios del electorado, frente a un tercio no peronista cada vez más representado por el radicalismo en desmedro de las fuerzas menores. Vease Cantón (1973).

[28] “El Comité Nacional del radicalismo dirigió un mensaje a sus afiliados”, en La Prensa, 17 de diciembre de 1948.

[29] Diario de Sesiones de la Convención Nacional Constituyente de 1949 (DSCNC), p. 16.

[30] DSCNC, p. 17.

[31] DSCNC, p. 18.

[32] DSCNC, p.29.

[33] Según Luna (2013, p. 285), las señales confusas de Perón se entendían porque éste “no deseaba aparecer codiciando una nueva presidencia, sino aceptando resignadamente una imposición abrumadora de su partido”. Esto llevó a La Nación a informar erróneamente el 2 de febrero de 1949 que el gobierno retiraba del proyecto la idea de la reelección, debiendo rectificarse al día siguiente. Bonasso (1997, p. 66) y Gambini (2014, p. 523) han recogido testimonios respecto de las internas del oficialismo sobre este tema, con el supuesto recelo de Perón por la emergente figura del gobernador bonaerense Domingo Mercante, y el rol de Eva Perón alentando a los convencionales a incluir la cláusula de la reelección.

[34] “Estudia la proyectada reforma el Comité Ejecutivo socialista”, en La Prensa, 22 de enero de 1949.

[35] DSCNC, p. 293.

[36] DSCNC, p. 297.

[37] DSCNC, p. 306.

[38] DSCNC, p. 331.

[39] DSCNC, p. 338.

[40] “Los dos bloques de la Convención dieron sendas declaraciones”, en La Prensa, 10 de marzo de 1949.